LA COMISIÓN EUROPEA IMPONE UN DERECHO ANTIDUMPING PROVISIONAL CONTRA LAS IMPORTACIONES DE NEUMÁTICOS DE CHINA

Estas medidas afectarán a los neumáticos nuevos y recauchutados destinados a autobuses o camiones con índice de carga superior a 121.

La Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos (ADINE), que representa a la gran mayoría de importadores del sector del neumático en España, ha informado a todos sus asociados que, tras la publicación el día 7 de mayo en el DOUE del Reglamento (UE) 2018/683, se ha adoptado un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados neumáticos, nuevos o recauchutados, del tipo utilizado en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, actualmente incluidos en los códigos TARIC 4011 20 90 y 4012 12 00, originarios de la República Popular China.

Dichas medidas provisionales, que entran en vigor a partir del 8 de mayo de 2018 (fecha de entrada en vigor del citado Reglamento), tendrán una duración de 6 meses y podrían ser modificadas en la fase definitiva de la investigación, cuya fecha límite es el 10 de noviembre de 2018.

Los tipos del derecho antidumping provisional impuestos por la CE expresados como porcentaje oscilan entre el 29,3% y el 68,8%, o lo que es lo mismo, los derechos antidumping provisionales aplicables, en euros por artículo, oscilan entre 52,85€ a 82,17€, en función de las empresas que figuran en el propio Reglamento.

Destacar también que, en esta fase de procedimiento, la CE ha considerado el no adoptar la posible imposición de medidas retroactivas así como poner fin al registro de las importaciones a efectos de la investigación antidumping que se inició el pasado 3 de febrero de 2018, como ya avanzó ADINE, pero no así respecto de la investigación antisubvenciones paralela, que seguirá vigente.

Asimismo, las partes interesadas podrán ahora enviar sus comentarios o presentar alegaciones en el plazo de 25 días naturales desde la entrada en vigor del Reglamento (hasta el 1 de junio de 2018), como ya ha efectuado ADINE, como parte interesada, durante la vigencia del procedimiento.

Por último, resaltar que ADINE, como voz autorizada del sector del neumático y asociación española personada en el procedimiento antidumping desde el inicio del mismo, seguirá informando puntualmente a todos sus asociados de cualquier notificación recibida desde la CE del procedimiento en cuestión, así como las posibles consecuencias que deriven del mismo.

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